
Aspectos a tener en cuenta
- El empresario o empleador puede solicitar una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena para la documentación.
- De un trabajador que no se halle ni resida en España.
- Si el extranjero se hallase en situación irregular en España, y tuviera 3 años demostrando su empadronamiento desde que llegó.
- Se podrá solicitar el arraigo social con un contrato de un año a jornada completa.
- Otra novedad es lo estudiantes que terminen su formación académica podrán aplicar si tuvieran una oferta de contrato, este caso sería solicitar primero la Residencia de Búsqueda de Empleo.
- Si que el requisito específico es que el contrato tendrá que especificar el perfil y remuneración acorde a la titulación adquirida.