Autorizaciones de Residencias por Circunstancias Especiales

Arraigo Laboral

(Nueva opción por jurisprudencia)

El arraigo laboral es un requisito de la legislación española para dotar de un plano de legalidad a extranjeros en situación irregular. Se trata de un permiso de residencia temporal para quienes hayan trabajado como mínimo 6 meses y hayan tenido una residencia continua en España durante los últimos 2 años.

Arraigo Familiar

El arraigo familiar es un tipo de autorización excepcional que se otorga a extranjeros que sean padres o madres de un niño comunitario, o hijos de padre o madre originariamente españoles. No se puede renovar, sino que, a su término, el extranjero puede solicitar una autorización de residencia.


Arraigo Social

Por arraigo social, los requisitos para pedir esta autorización son los siguientes: Acreditar la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años. Carecer de antecedentes penales en España y en el país de origen o en el país o países en que se haya residido durante los últimos cinco años.

Arraigo en Formación

El Arraigo en Formación es una Autorización Administrativa para las personas que están en Situación Irregular, debido a cualquier circunstancia.

Como requisitos están los siguientes:

  • Tener al menos 2 años en España, ya sea en situación regular, o irregular demostrable con el Patrón Histórico.
  • Compromiso con Extranjería de hacer un curso en formación que acredite una Titulación Oficial.

En MVA Gestoría te tramitamos el arraigo de cualquier naturaleza, telemáticamente agilizando los plazos de la resolución.

Si este es tu caso escribe a info@mvagestoria.es, o pide cita en la Web.


Podemos atender tu solicitud, rellenando el siguiente formulario.

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